Con la nueva Ley de Alquiler (LAU), cuando se alquila un inmueble se debe efectuar la correspondiente fianza, destinada a corregir posibles desperfectos que se ocasionados. Será de una mensualidad cuando el inmueble se utilice como vivienda habitual, mientras que ascenderá a dos mensualidades para otros usos.
Finalizado el contrato, el arrendador está obligado a devolver la fianza al arrendatario siempre y cuando el inmueble se encuentra en perfecto estado y no surgen imprevistos.
Cada CCAA, establece qué organismo es el responsable de custodiar esta fianza durante la vigencia del contrato.
Para conocer más aspectos a tener en cuenta cuando alquila un inmueble:¿Qué debo saber antes de alquilar una vivienda?
A continuación queremos recoger aquellas situaciones a evitar para no perder la fianza del alquiler de una vivienda
- No se deja la vivienda en las mismas condiciones que a la entrada: el arrendatario, tras la finalización del contrato está obligado a dejar la vivienda en las mismas condiciones en las entró al iniciar el alquiler. En este sentido, ante cualquier modificación ocasionada al mismo puede provocar que el arrendatario pierda la parte proporcional de la fianza. Por ejemplo, el simple hecho de encontrar pintado diferente una pared.
- Causar daños en el inmueble: si se producen daños en la vivienda como consecuencia de un mal uso, el arrendador está en su derecho de pedir la parte proporcional de la fianza.
- Dejar la vivienda antes de que acabe el contrato: la nueva Ley de Arrendamiento, dictamina que el arrendatario puede abandonar el inmueble una vez pasados seis meses desde el inicio del mismo y siempre que lo comunique por escrito con treinta días de antelación a la fecha de salida. Sin embargo, debemos mirar bien el contrato a la hora de firmarlo, pues éste puede contener alguna cláusula que recoja la obligación de que el arrendador sea indemnizado con una cantidad que sea equivalente a una cuantía mensual por cada año de contrato por cumplir.
- Si no se paga alguna mensualidad del alquiler: En caso de incumplimiento del pago de alguna mensualidad del alquiler, el arrendador puede pedir una indemnización, usándose para ello tal fianza.
Para su tranquilidad, debe conocer, que de ninguna manera será el arrendador quien en base a su propio juicio considere el buen o mal estado del inmueble y por consiguiente, éste no será quien decida si se puede o no quedar con la fianza, sino que lo decidirá el juez.
Si el arrendador considera que a la finalización del contrato se ha producido alguna de las situaciones antes mencionadas, tendrá que solicitar judicialmente la indemnización. Y para que se apruebe tal decisión será necesario que se demuestren los daños que se argumentan mediante las oportunas pruebas.
Si no se incurre en ninguna de las situaciones y el inmueble esté en buen estado y sin deudas de suministros, el arrendador pedirá al organismo encargado de custodiar la fianza, la devolución de la misma para entregársela al inquilino en un plazo máximo de un mes desde la entrega de llaves. De no cumplir con este plazo de entrega, el arrendatario tiene el derecho de exigir el pago de intereses.
Si estás pensando en alquilar una vivienda, visita nuestra Oferta de viviendas en alquiler y elige la que mejor se ajuste a ti.