En los meses de verano es cuando más afluencia de contratos hay, y si estás pensando en poner tu vivienda en alquiler o tú alquilar un piso, aquí te proporcionaremos unos tips sobre contratos de alquiler para propietarios e inquilinos, de manera que tu experiencia sea más que satisfactoria.
Con respecto a los propietarios:
- Adaptarse a los cambios de la ley de arrendamiento que entró en vigor en 2013. Con esta ley se generaron algunos cambios como la duración mínima permitida en los contratos de alquiler para propietarios e inquilinos, también excluye a los pisos para uso turístico de esta ley.
- Seguridad contra un inquilino moroso. Ante esta situación, existen ciertas medidas como un aval bancario o un seguro de alquiler, en el que se oferta una garantía al propietario en caso de que el inquilino no cumpla con las pautas económicas establecidas. ¿Y qué hacemos si el inquilino no paga? En este caso, lo que aconsejan los expertos es llegar a un acuerdo sin tener que recurrir a la vía judicial, pero si esto no funciona, que por desgracia suele ser lo más común, nos acogemos a la vía judicial. Una vez que nos encontramos en este punto, solo hay dos caminos, que el inquilino pague o que suceda un desahucio, que tiene una duración estimada de 3 a 8 meses.
- Penas por no declarar la vivienda en alquiler. Alrededor de un 28 % de las viviendas que se alquilan, no se declaran a Hacienda, es decir cometen fraude. Esto conlleva que se abra un expediente a ambas partes y además Hacienda puede sancionar con el 50 % y 150 % de aquello que el arrendatario no ha declarado. Por otra parte, el propietario tampoco podrá pedir que el inquilino le repare los desperfectos que este cause y si tienes dudas sobre quién debe pagar en caso de avería o reparación en un piso de alquiler, acude a este post.
Con respecto a los inquilinos:
- Cláusulas nulas. El inquilino debe cerciorarse si el contrato tiene alguna cláusula nula. Estas cláusulas limitan los derechos del inquilino,por ejemplo, el obligado cumplimiento del primer año, que nos obligaría a permanecer un año completo en la vivienda, sin embargo, el inquilino puede abandonar la vivienda cuando desee, tras haber estado seis meses y conlleva la pena establecida por la ley.
- Finalizar el contrato: El inquilino siempre y cuando haya estado seis meses en la vivienda y ha avisado 30 días antes, puede ponerle fin al contrato. Si el contrato pactado es inferior a tres años, este se renueva anualmente y si se alcanzan los tres años, se lleva a cabo ‘prórroga tácita automática’ en la que se renueva de manera automática un año más el contrato a no ser de que alguna de las dos partes se oponga.
- Entregar la fianza. A pesar de que hay una falsa creencia de que el propietario tiene 30 días para entregar la fianza, esto no es así, el propietario debe devolver la fianza en el momento en el que se acaba el contrato, en caso de que no haya desperfectos. Si te has quedado con más dudas, en este otro post te damos una serie de consejos para que no pierdas la fianza de tu piso de alquiler.
Con estos tips que acabamos de darte acerca de los contratos de alquiler para propietarios e inquilinos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros si estás pensando en alquilar una vivienda y te ayudaremos a encontrarla con el contrato que mejor se adapte a ti.